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Código de Ética

El presente código orientará la conducta del nutriólogo asociado al Colegio de Nutrición  de Quintana Roo, A.C. en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, el resto de los colegiados, pacientes, superiores, subordinados, sus colegas y consigo mismo.

 

Deberes del nutriólogo

El nutriólogo colegiado debe poner todos sus conocimientos científicos y recursos  técnicos en el desempeño de su profesión.

 

El nutriólogo colegiado debe conducirse con base en los valores del Colegio de Nutrición de Quintana Roo, A.C., de Responsabilidad, Justicia, Compromiso Social, Honestidad, Humanismo y Excelencia. Siempre en estricta observancia a las normas legales y éticas de la profesión.

 

El nutriólogo colegiado solamente se responsabilizará de los casos o asuntos en los que tenga capacidad para atender e indicará los alcances de su trabajo y limitaciones inherentes. Aceptará únicamente los cargos para los cuales cuente con las habilidades necesarias y suficientes realizando en él todas sus actividades con responsabilidad, efectividad y calidad.

 

El nutriólogo colegiado debe mantener estrictamente la confidencialidad de la información de uso restringido que le sea confiada en el ejercicio de su profesión en función  a la Ley Federal de Protección de los Datos Personales en Posesión de los Particulares, manejando y conservando sus expedientes conforme a las Normas Oficiales vigentes,  salvo los informes que le sean requeridos conforme a la ley. 

 

El nutriólogo colegiado debe responder con responsabilidad por sus actos, que con motivo del ejercicio profesional dañen o perjudiquen a terceros o al patrimonio cultural.

 

El nutriólogo colegiado no debe asociarse profesionalmente con persona alguna que no tenga cédula para el ejercicio profesional, ni dejar que éstas u otras utilicen su nombre o cédula profesional para atender asuntos inherentes a la profesión.

 

El nutriólogo colegiado debe respetar en todo momento los derechos humanos de sus pacientes, colegas y sociedad en general.

 

El nutriólogo colegiado debe prestar sus servicios al margen de cualquier tendencia política, racial, elitista, sexista, religiosa o política.

 

El nutriólogo colegiado debe ofrecer sus servicios profesionales de acuerdo a su capacidad científica y técnica.

 

El nutriólogo colegiado al emitir una opinión o juicio profesional en cualquier situación y ante cualquier persona, debe ser imparcial, ajustarse a la realidad y comprobar los hechos con evidencias.

 

El nutriólogo colegiado deberá evaluar todo trabajo profesional realizado desde una perspectiva objetiva y crítica.

DEBERES PARA CON LOS PACIENTES/CLIENTES

 

El nutriólogo colegiado debe ser honesto, leal y conducirse con verdad ante su cliente en todo momento, salvaguardar los intereses del mismo, y deberá además comunicar los riesgos cuando existan, en atención a su servicio.

 

Con respeto al principio de la voluntad de las partes, el nutriólogo colegiado debe cobrar sus honorarios en razón de la proporcionalidad, importancia, tiempo y grado de especialización requerido para los resultados que el caso particular requiera. De igual manera, el nutriólogo colegiado deberá reconsiderar el monto de sus honorarios de acuerdo a la limitación económica de su cliente.

 

El nutriólogo colegiado, al reconocer su mal servicio ante su cliente, deberá advertir las consecuencias.

 

El nutriólogo colegiado debe realizar los ajustes necesarios por un servicio ineficiente, sin cobro adicional.

DEBERES PARA CON LOS COLEGAS

 

El nutriólogo colegiado debe mantener una relación de respeto y colaboración con los miembros del Consejo Directivo, sus colegas, colaboradores, asesores, subordinados y otros profesionistas, consecuentemente evitará lesionar el buen nombre y el prestigio de estos ante autoridades, pacientes, clientes, profesionistas y cualquier otra persona.

 

El nutriólogo colegiado debe respetar la opinión de sus colegas; cuando haya oposición de ideas deberá consultar fuentes de información actualizadas que estén avaladas por una institución líder en materia de nutrición. Así como buscar asesoría con expertos reconocidos.

 

El nutriólogo colegiado debe repartir de manera justa y equitativa los frutos del trabajo realizado en colaboración con sus colegas, asesores y subordinados, apoyando en la medida de lo posible su desarrollo profesional.

 

El nutriólogo colegiado debe dar crédito a sus colegas, asesores y subordinados por la intervención de éstos en los asuntos, investigaciones y trabajos elaborados en conjunto.

 

El nutriólogo colegiado debe abstenerse de intervenir en los asuntos donde otro profesionista este prestando sus servicios, salvo que el cliente y el otro profesionista le autoricen para tal efecto, evitando con ello la competencia desleal.

 

El nutriólogo colegiado debe intervenir a favor de sus colegas en el caso de una injusticia.

 

El nutriólogo colegiado debe apoyar a sus colegas en situaciones manifiestas cuando su conocimiento profesional sea limitado.

 

 

 
 
 
DEBERES PARA CON LA PROFESIÓN

 

El nutriólogo colegiado debe mantenerse en continua capacitación en avances científicos y tecnológicos de su materia a lo largo de la vida para brindar un servicio de calidad total.

 

El nutriólogo colegiado debe transmitir sus conocimientos y experiencias a estudiantes y egresados de su profesión en el caso de estar inmerso en el ámbito educativo con objetividad y en el más alto apego a la verdad del campo de conocimiento actualizado del que se trate.

 

El nutriólogo colegiado debe dignificar su profesión mediante el buen desempeño del ejercicio profesional y el reconocimiento que haga a los maestros que le transmitieron los conocimientos y experiencia.

 

El nutriólogo colegiado debe contribuir al desarrollo de su profesión mediante la investigación profesional, realizada con apego a normas metodológicas científicas y a la docencia. 

 

El nutriólogo colegiado debe interactuar con profesionistas de otras disciplinas, con absoluto respeto de los campos profesionales ajenos y haciendo respetar los propios.

 

El nutriólogo colegiado debe poner en alto el prestigio de la profesión y del Colegio de Nutrición de Quintana Roo, A.C. en todo lugar y momento.

 

 

 

 
 
DEBER GENERAL

 

El nutriólogo colegiado debe conocer los Estatutos, Códigos, Normas y Leyes relacionadas al ejercicio de nuestra profesión, respetarlas y hacerlas respetar en todo momento.

DEBERES PARA CON LA SOCIEDAD

 

El nutriólogo colegiado debe prestar el servicio social profesional por convicción solidaria y conciencia social.

 

El nutriólogo colegiado debe dar servicio a los indigentes o a cualquier persona económicamente desprotegida cuando así se lo soliciten.

 

El nutriólogo colegiado debe servir como auxiliar de las instituciones de investigación científica, proporcionando a éstas los documentos o informes que se requieran.

 

El nutriólogo colegiado debe participar activamente en su entorno social difundiendo la cultura y valores nacionales.

 

El nutriólogo colegiado debe buscar el equilibrio entre los distintos aspectos del desarrollo humano y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones futuras.

 

El nutriólogo colegiado debe procurar su desempeño y desarrollo profesional en las localidades donde más pueda contribuir con sus conocimientos al desarrollo estatal y nacional.

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